Protocolo para el otorgamiento de ayudas fijas a organizaciones sociales legalmente constituidas Disposiciones generales:
- Con las ayudas fijas podrán beneficiarse organizaciones sociales dominicanas ligadas al trabajo con grupos sociales vulnerables.
- Para calificar para las ayudas fijas las organizaciones deberán mostrar documentaciones respecto a:
- Su constitución
- Su legalidad
- Su equipo dirigencial
- El área social de actividad
- La infraestructura de operaciones y servicios
- La ubicación geográfica
- Los contratos de ayudas se podrán establecer hasta por un año.
- Los recursos financieros asignados no podrán ser utilizados para gastos de representación ni para pagos de honorarios a miembros de la organización, ni para proselitismo de ningún tipo.
- Las organizaciones que violen el punto 5 deberán reingresar el dinero a la Lotería Nacional.
- Las ayudas fijas se otorgaran bajo un contrato establecido entre la Lotería Nacional y la organización solicitante.
- Las solicitudes de servicios o ayudas sociales fijas deberán realizarse por escritos.
- Todas las solicitudes de ayudas fijas serán objeto de investigación por parte del Secretariado Ejecutivo del Consejo Social de la Lotería ante de ser otorgadas.
- Las respuestas a las solicitudes aprobadas se harán por escrito a los solicitantes.
- El pago de servicios o productos consumidos por los asistidos de la Lotería se hará directamente a las instituciones o negocios que hayan prestado el servicio, nunca se dará dinero en efectivo a la organización solicitante.
- No se harán pagos de servicios médicos a hospitales, clínicas, supermercados, tiendas, personas, que no tengan acuerdo de trabajo con la Lotería Nacional.
- La Lotería nacional establece el monto fijo de X cantidad de pesos dominicanos para cualquier ayuda fija solicitada.
- Cuando la ayuda solicitada pase del monto X fijado, quedará a discreción del Administrador General de la Lotería Nacional la decisión de la fijación del monto.
- Si la solicitud es atendida en común con otras instituciones, la Lotería Nacional procederá a entregar su parte correspondiente al proveedor del servicio.
- Todas las ayudas fijas otorgadas por la Lotería Nacional se hará a titulo de donación.
Procedimiento
- Toda Organización deberá entregar una carta de solicitud de ayuda ante la Dirección de Asistencia Social o a uno de los representantes ante el Consejo Social, con copias de los documentos de identificación.
- La Dirección de Asistencia Social o uno de sus departamentos o un representante del Consejo Social le entregará un formulario de solicitud en el cual la organización especificará el tipo de ayuda, sus datos de identificación y localización.
- La solicitud deberá ser tramitada al Secretariado Ejecutivo para ser investigada y validada.
- La solicitud validada deberá ser tramitada a la Subdirección de Asignación y Autorización de Fondos para que se establezca monto a erogar por la ayuda solicitada.
- El Comité de Evaluación y Recomendación constituido por el Director de Asistencia Social, el Subdirector o Encargado del área departamental al que pertenezca la solicitud, el Subdirector de asignación de fondos y el Secretario Ejecutivo del Consejo Social, recibe, evalúan y aprueban la solicitud con fondos asignados.
- Si el monto de la solicitud sobrepasa los 5 mil pesos el Secretariado Ejecutivo recibirá la solicitud con fondos asignados y la tramitará a la Administración General para su definitiva autorización.
- El Secretariado Ejecutivo recibe solicitud autorizada y le comunica al solicitante la aprobación de la ayuda fija al tiempo que se le invita a pasar por la Dirección de Asistencia Social para firma de contrato de ayuda.
- El Secretariado Ejecutivo dirige al solicitante a la Subdirección procedimiento y registro para la firma de contrato de ayuda fija
- La solicitud con copia del contrato anexo se envía al Director de Asistencia Social para que elabore y firme periódicamente, y de acuerdo los tiempos establecidos en el contrato, Carta Orden que se enviará a los proveedores con los que la Lotería haya establecidos acuerdos de compra de productos y servicios.
- El Secretariado Ejecutivo recibe Carta Orden al final de cada periodo establecido (mensual, trimestral, semestral o anual) y la tramita a la Administración General para ser firmada.
- La Subdirección de Logística y Operatividad recibe Carta Orden y la hace llegar a los proveedores de productos y servicios que tengan acuerdos con la Lotería Nacional.
- La organización solicitante recibe servicios o productos solicitados.
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