Ayudas Sociales
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Ayduas Unicas | Ayudas Fijas | Organizaciones Sociales | Operativos Médicos
|  | Protocolo para el otorgamiento de ayudas fijas personales e institucionales Éste protocolo se ha implementado con el Propósito de eficientizar y regular el
proceso de otorgamiento de ayudas sociales a grupos y personas vulnerables.
Disposiciones generales:
- Con las ayudas fijas podrán beneficiarse tanto personas físicas dominicanas en estado de vulnerabilidad como instituciones que trabajen para las mismas.
- Las solicitudes de ayudas fijas deberán realizarse por escritos.
- Las ayudas fijas a personas físicas o a instituciones sólo se otorgaran bajo contrato entre la Lotería Nacional y la persona solicitante.
- Los contratos de ayudas se podrán establecer hasta por un año.
- Los recursos financieros asignados no podrán ser utilizados para gastos no establecidos en el contrato.
- Las personas o instituciones que violen el punto 5 deberán reingresar el dinero a la Lotería Nacional.
- Todas las solicitudes de ayudas fijas serán objeto de investigación por parte del Secretariado Ejecutivo del Consejo Social de la Lotería ante de ser otorgadas.
- Las respuestas a las solicitudes aprobadas se harán por escrito a los solicitantes.
- El pago de servicios o productos consumidos por los asistidos de la Lotería se hará directamente a las instituciones o negocios que hayan prestado el servicio, nunca se dará dinero en efectivo al solicitante.
- No se harán pagos de servicios médicos a hospitales, clínicas, supermercados, tiendas u otros prestatarios de servicios, etc. que no tengan acuerdo de compra de bienes y servicios con la Lotería Nacional.
- La Lotería nacional establece el monto máximo fijo de 100,000 pesos dominicanos para cualquier ayuda solicitada.
- Cuando la ayuda solicitada pase del monto de 100,000 pesos dominicanos e implique alguna emergencia médica o de otro tipo, quedará a discreción del Administrador General de la Lotería Nacional la decisión de la fijación del monto.
- Si la solicitud es atendida en común con otras instituciones, la Lotería Nacional procederá a entregar su parte correspondiente al proveedor del servicio.
- Toda ayuda que implique un costo fijo para la institución como subvenciones, mensuales a personas e instituciones, deberá realizarse con base a un contrato con la Lotería Nacional, el cual deberá ser firmado por el Administrador General de la Lotería Nacional y la persona beneficiaria.
- Todas las ayudas otorgadas por la Lotería Nacional se hará a titulo de donación.
Procedimiento:
- Las solicitudes de las ayudas fijas se inician mediante la entrega de una comunicación escrita dirigida al Administrador General de la Lotería Nacional.
- Si el solicitante es una persona física, deberá entregar la comunicación a traves de uno de los departamentos de la Dirección de Asistencia Social o a uno de los representantes ante el Consejo Social, con copias de los documentos de identificación y soportada por documentaciones medicas y de otro tipo que apoye la solicitud.
- Si el solicitante es una organización social, deberá entregar la comunicación a través de uno de los departamentos de la Dirección de Asistencia Social o a uno de los representantes ante el Consejo Social, con copias de los documentos de identificación que muestren.
- Su constitución
- Su legalidad
- Su equipo dirigencial
- El área social de actividad
- La infraestructura de operaciones y servicios
- La ubicación geográfica
- La Dirección de Asistencia Social o uno de sus departamentos o el un representante del Consejo Social le entregará un formulario de solicitud en el cual la persona o institución solicitante especificará el tipo de ayuda, los datos de identificación y localización de la persona o institución, entre otras informaciones.
- La solicitud deberá ser tramitada al Secretariado Ejecutivo para ser investigada y validada.
- La solicitud validada deberá ser tramitada a la Subdirección de Asignación y Autorización de Fondos para que se establezca monto a erogar por la ayuda solicitada.
- El Comité de Evaluación y Recomendación constituido por el Director de Asistencia Social, el Subdirector o Encargado del área departamental al que pertenezca la solicitud, el Subdirector de asignación de fondos y el Secretario Ejecutivo del Consejo Social, recibe, evalúan y aprueban la solicitud con fondos asignados.
- El Secretariado Ejecutivo recibe solicitud con fondos asignados y la tramita a la Administración General para su definitiva autorización.
- El Secretariado Ejecutivo recibe solicitud autorizada y le comunica al solicitante la aprobación de la ayuda fija al tiempo que se le invita a pasar por la Dirección de Asistencia Social para firma de contrato de ayuda.
- 1El Secretariado Ejecutivo dirige al solicitante a la Dirección de Asuntos Jurídicos para la firma de contrato de ayuda fija
- La solicitud con copia del contrato anexo se envía al Director de Asistencia Social para que elabore y firme periódicamente, y de acuerdo los tiempos establecidos en el contrato, Carta Orden que se enviará a los proveedores con los que la Lotería haya establecidos acuerdos de compra de productos y servicios.
- El Secretariado Ejecutivo recibe Carta Orden y la tramita a la Administración General para ser firmada.
- La Subdirección de Logística y Operatividad recibe Carta Orden y la hace llegar a los proveedores de productos y servicios que tengan acuerdos con la Lotería Nacional.
- La persona solicitante recibe servicios o productos solicitados.
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